
* Impuesto a las ganancias:
La alícuota para las sociedades va a bajar al 25% y será complementada con un gravamen a los dividendos del 10%, para estimular la reinversión de utilidades.
* Monotributo:
No podrán estar adheridos al Monotributo quienes tengan un patrimonio equivalente a la sumatoria de 3 mínimos no imponibles del impuesto sobre los bienes personales.
* Impuesto a la transferencia de inmuebles:
Se elimina el impuesto a la transferencia de inmuebles, y la venta de inmuebles quedará gravada en el impuesto a las ganancias para personas físicas sin depender de la habitualidad. Se eximirá la venta de la casa habitación.
Fuente: ERREPAR
Fernando Del Puerto
Director, Puerto Económico
Fernando@fdelpuerto.com
Twitter: @fernadp
« Volver