La AFIP presentó a la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados las proyecciones sobre la recaudación del Impuesto a las Grandes Fortunas personales y sucesiones indivisas denominado “Aporte extraordinario y Solidario para morigerar los efectos de la pandemia”. Según las estimaciones del fisco dicho tributo recaudaría $ 307.000 millones adicionales para el 2021, lo que representa una quinta parte del déficit fiscal primario estimado en $ 1,7 billones, que se estima cerca de un punto del PBI. De esta manera, se busca cubrir los objetivos de reducción del déficit fiscal en 4,5%, sin incrementar mucho más la oferta monetaria y la emisión de pública deuda local.
Asimismo, en dicho informe la AFIP estima que solamente el 0,8% de los contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales estará alcanzado. Al momento de promulgarse la ley, dicho impuesto recaerá sobre las fortunas personales de personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que al 31 de diciembre de 2019 hayan declarado un patrimonio superior a $ 200 millones, aplicando una alícuota progresiva de un piso de 2% hasta un techo 3.5%, sobre la base de fortunas con valuación superior a 3000 millones. Es decir, los patrimonios de entre $ 200 y $ 300 millones quedarían alcanzados por dicho tributo que representaría un ingreso fiscal superior a $ 4 millones aproximadamente. Asimismo, el Gobierno busca penalizar con mayores costos a los que posean fondos en el exterior, incrementando en un 50% la alícuota en cada una de las escalas.
En las estimaciones de la AFIP, los millonarios que serán alcanzados por dicho impuesto serian cerca de 9298 personas humanas, de los cuales 7435 declararon bienes por más de $ 200 millones de pesos. De acuerdo a las últimas presentaciones de declaraciones juradas, la AFIP proyecta que son poseedores del 49% de todos los bienes declarados en el país y en exterior. El Gobierno nacional estima que los potenciales contribuyentes alcanzados efectuarán un aporte de más de $ 600 millones en promedio, los cuales tendrán los siguientes destinos: 20% a la compra y/o elaboración de equipamientos e insumos médicos, 20% a subsidios a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, 20% serán destinado al programa integral de becas Progresar pertenecientes al ámbito del Ministerio de Educación, 15% para los habitantes de los barrios populares (Renabap), y los restantes 25% se destinaran a programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural exclusivos con YPF.
Al momento de promulgarse la ley, evaluaremos el impacto real sobre la recaudación tributaria que podría obtenerse una menor recaudación a lo esperado debido a la complejidad en los criterios de residencia de cada obligado, y debido también a que los principales activos sobre los cuales recaería el tributo pertenecen a sociedades comerciales.
Saludos y buena semana!
Fernando Del Puerto
Director, Puerto Económico
Fernando@fdelpuerto.com
Twitter: @fernadp
Fernando Del Puerto
Director, Puerto Económico
Fernando@fdelpuerto.com
Twitter: @fernadp
« Volver